HomePublicacionesInformaciónEl cambio de ICMS en transferencia – ¿Nuevo dolor de cabeza para la logística?

El cambio de ICMS en transferencia – ¿Nuevo dolor de cabeza para la logística?


Ya es bien conocido en el mundo de la cadena de suministro el efecto que las normas y los beneficios fiscales de las diferentes regiones del país tienen en las decisiones de las instalaciones logísticas en Brasil. A menudo, los centros de producción y distribución se ubican no por razones logísticas, como la proximidad a los clientes y la disponibilidad de proveedores, sino más bien de acuerdo con las ganancias fiscales que superan las posibles cargas de un posicionamiento geográfico deficiente. Esta realidad termina no solo teniendo impactos económicos, sociales y ambientales, sino que agrega innumerables complejidades en el análisis de mallas, y la situación se agrava a medida que se presentan cambios en la ley e interpretaciones jurídicas. Uno de ellos ya discutido aquí por ILOS fue la pregunta sobre la colección de DIFAL y los impactos que se generan por cambios en las reglas principalmente para los minoristas.

recientemente, una decisión de la Corte Suprema determinó que el flujo de mercancías entre sucursales de una misma empresa no debe ser un hecho imponible para el gravamen del ICMS, como funciona actualmente. Esta aparentemente buena medida tiene problemas por el sistema de débitos y créditos que existe en el impuesto.

Para recordar, cuando una empresa compra productos pagando ICMS, y luego los revende cobrando también el impuesto, tiene derecho a recibir crédito sobre lo pagado en la entrada para evitar la acumulación. Existe, sin embargo, un viejo problema, cuando el volumen de créditos a recibir es mayor que los débitos a la salida, lo que puede ocurrir principalmente cuando existen diferentes tasas entre los flujos. En este caso, hay una retención de la capacidad de usar estos créditos hasta que puedan ser consumidos por otras deudas, generando pérdidas de flujo de efectivo para muchas empresas. En el ejemplo de la Figura 1, que muestra un proveedor vendiendo a una empresa en SP (flujo interno gravado al 18%), y esta, a su vez, transfiriendo para una de sus sucursales en Bahía (tasa del 7%), es fácil ver que la acumulación de crédito ocurrirá a menos que el margen entre la transferencia y la compra del proveedor sea significativo.

Figura 1- Ejemplo de tributación que grava la operación multienlace. elaboración propia

El cambio en la nueva interpretación agravaría el problema, ya que se acumularía todo el crédito referente al flujo traspasado, como se muestra en la Figura 2. Para operaciones muy capilares, comunes principalmente en retail, sería una pérdida millonaria. Los estados también están en la cuerda floja, ya que podrían verse obligados a otorgar créditos a empresas sin el cobro correspondiente.

Figura 2- Situación de acumulación de créditos con la nueva regla de transferencias. Elaboración propia.

Tras la decisión de no incidencia, se necesita una solución para no hacer inviables las transacciones entre sucursales de distintos estados, que debe proponerse en una sentencia aún por ejecutar, pero que ya marca un nuevo capítulo en la compleja historia de la sistema tributario en la logística brasileña.

Referencias:

Jota

Lleva 5 años trabajando en proyectos de consultoría en Logística y Supply Chain, con experiencia en empresas de los sectores de consumo masivo, retail y alimentos y bebidas. Tipos de proyectos ya realizados: Planificación de Ventas y Operaciones, Gestión de Inventarios, Planificación de Redes, Revisión de Procesos de Negocio, Indicadores Logísticos y Gestión de Transporte

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